lunes, 20 de diciembre de 2021
CONSULTA PREVIA REGLAMENTO DE CIRCULACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE TORRE PACHECO (IV)
jueves, 16 de diciembre de 2021
CONSULTA PREVIA REGLAMENTO DE CIRCULACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE TORRE PACHECO (III)
LAS PLATAFORMAS ÚNICAS
En Dolores las calles consideradas de plataforma única son las siguientes
martes, 14 de diciembre de 2021
CONSULTA PREVIA REGLAMENTO DE CIRCULACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE TORRE PACHECO (II)
Desde que en 2019 se dispusieran en nuestras calles los nuevos contenedores de residuos, en ocasiones de mayor tamaño que los anteriores, su implantación ha suscitado más de una polémica.
Resueltas felizmente en su mayor parte las solicitudes de cambio de ubicación cursadas desde nuestra asociación para mayor comodidad de los vecinos, tanto por aproximar los mismos en lo posible a los vecinos usuarios, como por evitar algunas molestias, lo que no está resuelto todavía es la cuestión concerniente a la accesibilidad a los mismos, con unos itinerarios peatonales debidamente adecuados y señalizados, ni la concerniente al aparcamiento en su entorno.
Haremos a continuación algunas aproximaciones a la cuestión analizando normativas de otros municipios de la Región de Murcia, así como recomendaciones y peticiones de otras entidades.
El ayuntamiento de Lorca en su Ordenanza Reguladora de Tráfico y Cuadro de Multas sobre Infracciones de Tráfico (BORM 30-12-2019) establece en su artículo 7 que "Los contenedores de recogida de muebles y objetos, los de residuos de obras y los de basuras domiciliarias, se colocarán en aquellos puntos de la vía pública que el órgano municipal competente determine, evitando cualquier perjuicio a la circulación y siempre con el informe favorable de la Policía Local. Los lugares de la calzada destinados a la colocación de contenedores tendrán la condición de reservas de espacio"
El ayuntamiento de Alcantarilla en su Ordenanza de Movilidad del municipio de Alcantarilla (BORM 15-3-2011), en su artículo 20.2 establece que queda prohibido estacionar en los siguientes casos: "Delante de los contenedores de recogida de los residuos sólidos urbanos y demás materiales reciclables"
Por su parte STV, prestadora del servicio de Recogida de Residuos solicita, en su campaña "NO APARQUES CERCA DEL CONTENEDOR", se aparque al menos a 1 metro de distancia del contenedor.
La Escuela de Organización Industrial en su documento "Gestión y Tratamiento de Residuos Urbanos, Industriales y Especiales Sesión 3 – 3 Feb.: Recogida de Residuos Sólidos Urbanos" realiza las siguientes recomendaciones:
1) Es conveniente alejar los contenedores al menos 5 metros (o una plaza de aparcamiento en línea) de:
- los pasos de peatones de calles con alta densidad de tráfico (tiempo de espera medio o elevado),
- las zonas de espera de viajeros de las paradas de autobuses urbanos
- los escaparates, portales, y las entradas o salidas de peatones (zonas de paso y detención peatonal frecuente), con el objeto de evitar malos olores (consideración importante en ciudades de clima seco y caluroso en verano).
2) Cuando se coloque un contenedor en las inmediaciones de un paso de peatones, irá siempre después del mismo según el sentido de circulación de la vía, con el objeto de no restar visibilidad a los peatones (el camión se detendrá una vez rebasado el paso de peatones).
¿Te parece que el nuevo reglamento de circulación debiera contemplar alguna de estas medidas? ¿Te ha ocasionado en alguna ocasión la ubicación del contenedor alguna dificultad para circular?
Haznos tus comentarios a través del FORMULARIO pinchando en el ENLACE o en la imagen de cabecera de esta entrada.
¡GRACIAS POR TU PARTICIPACIÓN!
viernes, 10 de diciembre de 2021
CONSULTA PREVIA REGLAMENTO DE CIRCULACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE TORRE PACHECO (I)
LOS PATINETES ELÉCTRICOS
La irrupción del patinete eléctrico ha traído consigo una tardía y lenta regulación de su circulación por los espacios públicos, pendiente al día de la fecha de nuevas consideraciones que hagan su manejo más seguro tanto para el conductor como para aquellos con quienes pudiera colisionar.
El 19 de agosto compartíamos por redes sociales la necesidad de que la normativa municipal recogiera cuestiones no contempladas por el RD 970/2020 de modificación del Reglamento General de Circulación de 2003 y el Reglamento General de Vehículos de 1998
Echando un vistazo a normativas en esta materia de municipios de la Región de Murcia, mostramos a continuación, del Edicto de aprobación inicial “ORDENANZA MUNICIPAL DE REGULACIÓN DE LOS VEHÍCULOS DE MOVILIDAD PERSONAL EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE CARTAGENA” su artículo 5º sobre Condiciones de Uso, seleccionando los siguientes apartados:
2. El uso del casco será obligatorio para los usuarios de los VMP.
3. La edad mínima permitida para circular con un VMP es de 15 años
4. Es obligatorio la contratación de un seguro de responsabilidad civil para el usuario y frente a terceros
5. Los conductores de VMP deberán usar los mismos de forma que se garantice su visibilidad y la seguridad en su empleo, siendo obligatorio la existencia de dispositivos luminosos de color blanco en la parte delantera y color rojo fijo o intermitente en la parte trasera. Su uso será obligatorio.
6. Será obligatorio el uso de prendas reflectantes
10. Uso de calzado adecuado: Con el fin de que el conductor pueda controlar el VMP en todo momento de una forma segura y realice para ello las actuaciones oportunas, será obligatorio que los conductores de VMP lleven en todo momento calzado que sujete y proteja suficientemente los pies, no pudiendo ir descalzos o con calzado excesivamente suelto
De reseñar también la infografía que se muestra a continuación con la que el Ayuntamiento de Cartagena lanza un mensaje claro a los usuarios de Vehículos de Movilidad Personal
CONSULTA PREVIA REGLAMENTO MUNICIPAL DE CIRCULACIÓN DEL AYTO. TORRE PACHECO
Si bien este proceso participativo para la elaboración de un nuevo Reglamento Municipal de Circulación, desde el pasado día 23 de noviembre y hasta el próximo día 23 de diciembre, está abierto a la opinión de individuos y de organizaciones que puedan ser afectados, para su toma en consideración y valoración por la concejalía responsable, como paso previo a la elaboración del texto normativo, quienes así lo deseen, podrán hacer llegar a esta asociación de vecinos sus opiniones, bien por correo electrónico (aavvdp@gmail.com), facebook, messenger o a través del formulario accesible pinchando en la imagen, o bien participando en la sesión de Zoom (videollamada), a la que podrás igualmente inscribirte pinchando en la imagen, que tendrá lugar el día 21 de diciembre a las 21:30, fecha en la que así mismo daremos por finalizado el plazo de envío de propuestas a esta asociación, que dará traslado de las mismas por sede electrónica a la concejalía competente.
PROYECTO DE REGLAMENTO DE PARQUES Y JARDINES - VII - RÉGIMEN SANCIONADOR
Señalamos a continuación algunas de las 14 infracciones tipificadas como leves, 18 graves y 10 muy graves, así como las sanciones que...
