viernes, 10 de diciembre de 2021

CONSULTA PREVIA REGLAMENTO DE CIRCULACIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE TORRE PACHECO (I)


LOS PATINETES ELÉCTRICOS


La irrupción del patinete eléctrico ha traído consigo una tardía y lenta regulación de su circulación por los espacios públicos, pendiente al día de la fecha de nuevas consideraciones que hagan su manejo más seguro tanto para el conductor como para aquellos con quienes pudiera colisionar.

El 19 de agosto compartíamos por redes sociales la necesidad de que la normativa municipal recogiera cuestiones no contempladas por el RD 970/2020 de modificación del Reglamento General de Circulación de 2003 y el Reglamento General de Vehículos de 1998
























Echando un vistazo a normativas en esta materia de municipios de la Región de Murcia, mostramos a continuación, del Edicto de aprobación inicial “ORDENANZA MUNICIPAL DE REGULACIÓN DE LOS VEHÍCULOS DE MOVILIDAD PERSONAL EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE CARTAGENA” su artículo 5º sobre Condiciones de Uso, seleccionando los siguientes apartados:

2. El uso del casco será obligatorio para los usuarios de los VMP.

3. La edad mínima permitida para circular con un VMP es de 15 años

4. Es obligatorio la contratación de un seguro de responsabilidad civil para el usuario y frente a terceros

5. Los conductores de VMP deberán usar los mismos de forma que se garantice su visibilidad y la seguridad en su empleo, siendo obligatorio la existencia de dispositivos luminosos de color blanco en la parte delantera y color rojo fijo o intermitente en la parte trasera. Su uso será obligatorio.

6. Será obligatorio el uso de prendas reflectantes

10. Uso de calzado adecuado: Con el fin de que el conductor pueda controlar el VMP en todo momento de una forma segura y realice para ello las actuaciones oportunas, será obligatorio que los conductores de VMP lleven en todo momento calzado que sujete y proteja suficientemente los pies, no pudiendo ir descalzos o con calzado excesivamente suelto

De reseñar también la infografía que se muestra a continuación con la que el Ayuntamiento de Cartagena lanza un mensaje claro a los usuarios de Vehículos de Movilidad Personal

 
¿Consideras que la circulación con estos vehículos, su aparcamiento debe ser regulado? ¿Te parece que la regulación del Ayuntamiento de Cartagena complementa adecuadamente la legislación estatal? Haznos tus comentarios a través del FORMULARIO pinchando en el ENLACE o en la imagen de cabecera de esta entrada.

¡GRACIAS POR TU PARTICIPACIÓN!





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