De un vistazo al preámbulo del proyecto de Reglamento de Parques y Jardines, en trámite de audiencia y exposición pública hasta el día 6 de febrero, se puede destacar lo siguiente:
¿PORQUÉ ESTE REGLAMENTO?
- Según se indica, el Reglamento cumple con el mandato que establece la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, pues obliga a nuestro Ayuntamiento, en su ámbito de competencias, a velar por la conservación y la utilización racional del patrimonio natural en nuestro municipio, con independencia de su titularidad o régimen jurídico.
- También establece la Ley, según se indica, que nuestro Ayuntamiento garantizará que la gestión de los recursos naturales produzca beneficios a las generaciones actuales y futuras, atendiendo a su ordenado aprovechamiento y a la restauración de sus recursos renovables, conllevando una gestión adecuada los siguientes beneficios:
o Mejora de la calidad del aire
o Retención de agua
o Regulación de la temperatura y la humedad
o Amortiguación de ruidos
o Mejora del paisaje
o Aumento de la actividad física
o Fomento de la interacción social
o Favorece el bienestar general de las personas
¿PARA QUÉ ESTE REGLAMENTO?
- Se trata de regular una gestión integral, incluyendo además de árboles y vegetación, el mobiliario urbano y las áreas infantiles.
¿QUÉ PARTICULARIDADES LLAMAN LA ATENCIÓN DE ESTE REGLAMENTO?
- Se establecen obligaciones para los propietarios de jardines y espacios verdes privados
- Se otorga especial protección a las palmeras
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